Te ayudamos con lo que vos necesitás saber sobre tu servicio de energía
Mi Cuenta 24/7 es un nuevo canal de EJE S.A. que te permite mantenerte informado y donde podrás consultar todo lo relacionado con tu servicio de energía las 24 horas al día, los 7 días de la semana. Todo va a ser más sencillo sin salir de tu casa, sin filas, todo al alcance de un clic.
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“Mi Cuenta 24/7 busca hacerte la vida más fácil. Ver y descargar tu factura de energía, conocer tu histórico de consumo y pagos, y seguir tus gestiones realizadas, son solo algunas de las ventajas que tendrás al registrarte. Conocé mucho más beneficios en Mi Cuenta 24/7 ¿Todavía no estás registrado?
Sí, y lo podés hacer registrándote aquí. En Mi Cuenta 24/7 tenés la posibilidad de inscribir los servicios que quieras y administrarlos desde con un único usuario desde cualquier lugar y a cualquier hora.
La unificación de las facturas de energía y agua fue impuesta por Ley Provincial Nº 4888, en su artículo 64.
Las facturas de energía de todos nuestros usuarios están compuestas por los siguientes conceptos:
Te invitamos a profundizar la información en cómo leer mi factura.
Para poder consultar el importe de las facturas y sus porqué, te invito a registrarte en Mi Cuenta 24/7 donde podrás informarte, ver y gestionar todo lo relacionado con tu servicio de energía en el momento que vos elijas.
Si tu consulta persiste, puedes solicitar a nuestros contactos de línea de atención al cliente y centro de contacto una visita para verificar el funcionamiento del medidor.
El consumo no registrado se origina por algún tipo de desperfecto/falla en el medidor de energía eléctrica, lo que impide a este registrar parcial o totalmente el consumo real efectuado por el usuario. Con lo cual, EJE SA, está facultada a recuperar el consumo no registrado emitiendo la factura complementaria correspondiente.
Cuando comprenda pedidos de suministro o ampliación cuyos puntos de conexión se encuentran fuera del área servida –área definida por el límite perimetral distante de 500 mts (quinientos metros) de las redes existentes (área electrificada). Efectuada la evaluación económica financiera, considerando todos los nuevos ingresos y los costos ocasionados por la solicitud en cuestión, la resultante, será a cargo del solicitante en concepto de “Inversión Compensatoria”, debiendo abonarse antes de la iniciación de las obras.
Se incurre en fraude cuando se hayan comprobado hechos que hagan presumir apropiación de la energía eléctrica de forma clandestina. Con lo cual, EJE SA, está facultada a recuperar el consumo no registrado emitiendo la factura complementaria correspondiente.
Los pagos dobles realizados serán devueltos en tu próxima factura a emitir con posterioridad a la realización del mismo.
Te ofrecemos distintos lugares y medios de pago para darte mayor comodidad a la hora de pagar tu factura de energía. Ingresá para ver los bancos, bocas externas y otros medios para su cancelación. Elegí el que más te convenga, o si quieres pagar ahora, clickea aquí para acceder al botón de pago.
Es el número de identificación de tu servicio de energía eléctrica. Es importante conocerlo para realizar cualquier consulta o gestión en todos nuestros canales de contactos.
Lo encuentro en mi factura de energía, margen derecho superior.
La categoría de la tarifa a la cual el usuario va a pertenecer, depende de dos factores; el primero, del USO que vaya a hacer del suministro, es decir, 1) Tarifa 1-R: Tarifa Residencial. 2) Tarifa 1-R TS: Tarifa Social. 3) Tarifa 1-R EL: Electrodependientes. 4) Tarifa 1-G: Uso General (Todo servicio que no tenga como destino vivienda). 5) Tarifa 1-AP: pequeñas demandas para el alumbrado público. El segundo factor, es la POTENCIA QUE DEMANDARÁ DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. T1 Pequeñas demandas; se aplica a todos los usuarios con una demanda máxima de potencia inferior a los 10 kW. Si la misma se encuadrara entre 10 kW y menor a 50 kW pertenecerá a la Tarifa T2, y si la demanda de potencia es igual y/o mayor a 50 kW se encuadrará dentro de la Tarifa T3.
La tarifa podrá modificarse si varían cualquiera de los dos factores anteriormente mencionados.
El costo por tarifa se encuentra regulado y aprobado mediante Resolución SUSEPU. Ver Cuadro Tarifario vigente.
La tasa de rehabilitación es un importe mínimo y representativo de los costos derivados por la suspensión del suministro eléctrico por falta de pago. La misma se encuentra regulada y establecida en el Cuadro Tarifario mediante resolución del Ente Regulador. Para evitar estos costos adicionales en tus facturas de energía te recomendamos abonarlas antes del vencimiento.
El Alumbrado Público es un servicio que prestan las Municipalidades o Comisiones Municipales por competencia otorgada por la Constitución de la Provincia de Jujuy en su artículo 178 y 189, inciso 4. Existe un régimen de percepción mediante la firma de un Convenio con las Empresas Distribuidoras de Electricidad. En este caso, EJE SA solamente actúa como agente de percepción y no posee potestades para eximir el pago de tasas, impuestos, gravámenes o cualquier otro tributo, ya que se trata de facultades propias de los Organismos Estatales.
Ante cualquier necesidad de mantenimiento del Alumbrado Público en su zona de residencia, debe contactarse con las Municipalidades o Comisiones Municipales correspondientes.
Cumplidas las especificaciones técnicas para acometidas monofásicas para potencias menores a 10 kW y especificaciones técnicas para acometidas trifásicas hasta 50 kW aprobadas mediante Resolución Nº 24-SUSEPU/2018; la habilitación del servicio se realizará en un tiempo no mayor a 2 días hábiles posteriores al pago del derecho de conexión, salvo para aquellos casos en los que sea necesario extender o modificar las redes existentes, para lo cual el plazo será de 15 (quince) días hábiles/ extensión aérea, y de 25 (veinte y cinco) días hábiles/extensión subterráneas.
*En todas las situaciones los días se contabilizan a partir de la fecha de pago del derecho de conexión.
Consultá aquí los requisitos para dar de baja un servicio de energía.
La Tarifa Social Eléctrica es un beneficio que el Gobierno de la Provincia de Jujuy, a través de la Súper Intendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (SUSEPU), otorga a quienes realicen el trámite de reempadronamiento y cumplan con los requisitos de inclusión.
Para acceder a este beneficio, debe dirigirse a las Oficinas del Ente Regulador SUSEPU, o a nuestras Sucursales de EJE SA en toda la provincia, y solicitar el Formulario de Declaración Jurada.
Los cortes programados son trabajos de mantenimiento y renovación de la infraestructura eléctrica en toda la provincia, para garantizarte la mejor calidad en el servicio. Podés ingresar en Tareas Programadas para saber si tu servicio se encuentra incluido dentro de alguno de estos trabajos.